La letra pequeña de la Supresión de la Visa Schengen que Santos oculta

La eliminación de la exigibilidad del Visado Schengen ha sido uno de los objetivos a alcanzar por Colombia en estos últimos años en materia migratoria.

Como español de origen y colombiano de adopción, desde mi atalaya de Abogado y como Secretario Ejecutivo de Justicia del Partido Popular de Rajoy en el Principado de Asturias, función política que desempeñé en su día, siempre he estimado dicha aspiración de justicia para el pueblo colombiano, el cual ha vivido durante muchos años con el estigma de un cierto rechazo de Europa, ante los conocidos episodios de narcotráfico claramente vinculados a las mafias del narcoterrorismo que vive el país iberoamericano desde hace cincuenta años.

He tenido el privilegio de estar al tanto del citado proceso de supresión de visado durante estos años, cuyo inicio de gestiones para su consecución con la UE se remonta a finales del segundo mandato del presidente Álvaro Uribe, en concreto su puesta en marcha se llevó a cabo durante la Cumbre de Jefes de Estado de la Unión Europea celebrada en Madrid en el año 2010, a la cual tuve el honor de asistir como invitado por el Gobierno Uribe.

Tanto en mi parcela como miembro en su día del PP como en mi calidad de jurista he participado en diferentes foros, abogando por lo que calificaba una clara discriminación para la inmensísima mayoría de ciudadanos que integran el pueblo colombiano, pues “cachacos” y “costeños”, “rolos” y “paisas”, los de la Sabana hasta los del Amazonas así hasta un largo etcétera, en nada son diferentes a mexicanos o argentinos. Son gente honesta, trabajadora y responsable que ha tenido que llevar la carga de los malhechores que han hecho del narcotráfico su seña de identidad y que, por extensión, han perjudicado y siguen perjudicando a lo largo de los años a los hombres y mujeres del querido país iberoamericano, con una imagen que no se corresponde con la realidad de esa Colombia a quien tanto quiero y a la que estoy vinculado para siempre, compartiendo con todos ellos esta maravillosa nacionalidad colombiana que ostento.

En estos días, José Manuel Soria, Ministro de Industria, Energía y Turismo del Gobierno de España, promotor ante la UE de la Supresión del visado o visa Schengen, en el argot lingüístico colombiano, anunciaba en un cónclave mundial de turismo celebrado en Cartagena de Indias, que la eliminación del visado para colombianos y peruanos iba a ser un hecho a finales de diciembre, tras llevar a cabo una serie de trámites finales esencialmente en materia de traducción a los diferentes idiomas de los países miembros del Tratado final y su pertinente ratificación por los diferentes Estados, a efectos de considerarse tal medida como ley aplicable.

De acuerdo a dicha declaración del ministro español, al parecer se aproxima el momento esperado por los ciudadanos colombianos que desean visitar España y resto de países adheridos al Tratado Schengen, sin necesidad de someterse a los duras exigencias de los diferentes Consulados Europeos en Bogotá para expedir los pertinentes Visados Schengen de corta duración.

Pues bien, todo indica que esos convenios, van a firmarse antes de que acabe este ejercicio y si se cumplen las previsiones, a finales de Diciembre muchos colombianos podrán recibir el Nuevo Año en Europa.

Pero estimo, que una de las medidas más atractivas de la nueva legislación en materia de extranjería o de inmigración y que ha pasado desapercibida ante la famosa supresión de visa, a pesar de que a mi juicio es mucho más interesante y beneficiosa, es que finalmente la medida afectará también a los familiares directos (padres, cónyuges, parejas de hecho e hijos) de españoles y otros ciudadanos de la Unión Europea, que verán suprimida igualmente la necesidad de solicitar un Visado de Reagrupación Familiar en Régimen Comunitario para reunirse o acompañar a éstos en España y resto de países adheridos al Tratado Schengen, medida que afectará a los Residentes Colombianos en dichos países que además ostenten la nacionalidad de su residencia. En el caso de los que residan en España, la medida les afecta positivamente, pues al día de hoy una grandísima mayoría de los residentes legales en el país ibérico, ya ostentan la nacionalidad española.

Es preciso resaltar con letras mayúsculas que el hecho de que se suprima este tipo de visado para estancias cortas, no supone una absoluta libertad de entrada a España y al Espacio Schengen, para ingresar con el mero pasaporte, pues seguirán aplicándose a Colombia una serie de restricciones ineludibles.

En cualquier caso, será necesario cumplir con los requisitos de entrada y estancia en España y resto de países europeos Schengen que la normativa exige y que a continuación me voy a referir.

Es lo que se llama la letra pequeña que contiene las condiciones impuestas por Europa. Pues no hay que olvidar tres cosas. Primera, que está Supresión no está basado en un acuerdo entre países en posición de igualdad, ni por tanto en una negociación, sino que en es un claro Contrato de Adhesión, es decir, Europa le dice a Colombia, “o lo coges o lo dejas, estas son mis condiciones“, Segunda, que no se han olvidado por los países europeos receptores los grandes problemas del pasado, en cuanto a que junto a personas íntegras, honradas y de conducta intachable, que son indudablemente la mayoría, desgraciadamente van a intentar entrar en Europa, personas ligadas a actividades delincuenciales y similares, para evitar lo cual, los Gobiernos europeos van a ser, absolutamente estrictos en materia de cumplimiento de controles de entrada, para impedir el ingreso de miembros de mafias del narcotráfico o delictivas en general.

Tercera y última, no hay que olvidar, el riesgo inevitable de que al amparo de una reforma migratoria establecida para primar las estancias cortas de turismo o para asuntos empresariales, muchos la utilicen para lograr “meter la cabeza” en el viejo continente, para establecerse de forma permanente, circunstancia para lo que no está prevista la nueva articulación legal, pues a la larga volverían a generarse problemáticas del pasado con los sin papeles y los correspondientes procedimientos de expulsión.

Para evitarlo, se van a establecer de acuerdo a la legislación vigente unas duras exigencias y así al connacional que a partir de la entrada en vigor de la nueva ley venga a España, al serle requerido, deberá acreditar ante los funcionarios encargados de efectuar el control de entrada de personas en territorio español, los motivos del viaje mediante ciertos requisitos de entrada, como son un billete de ida y vuelta, seguro sanitario, lugar de alojamiento y que se dispone de medios económicos suficientes para su manutención durante el tiempo previsto de estancia.

Con respecto a la acreditación de los medios económicos con que se cuentan, los colombianos con el próximo Acuerdo que entrará en vigor en Diciembre, deberán de justificar justo en el momento de la entrada al país en inmigración aeroportuaria que cuentan en ese momento de los siguientes montos:

Para su sostenimiento en España, durante el tiempo previsto de estancia, deberá acreditarse que se cuenta con una cantidad que represente en euros, o dólares subsidiariamente, del 10% del salario mínimo interprofesional bruto español multiplicada por el número de días de estancia y por el número de personas que viajen a su cargo, lo que supone acreditar que se cuenta con 64,53 euros por cada día y por persona. En cualquier caso, dicha cantidad será, en todo caso, de un mínimo que represente el 90% del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, es decir, se deberá acreditar que se cuenta con un mínimo de 580,77 euros para la estancia en España, aunque dicha estancia sea de únicamente 4 días, por ejemplo.

La cantidad exacta se calculará en base a los días de estancia comprendidos entre la fecha de entrada en el país y la fecha de salida que aparezca en el billete de vuelta.

La disponibilidad de los medios económicos se podrá justificar mediante la presentación del dinero en efectivo, o bien mediante cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago o tarjetas de crédito acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día (no se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet, nifotocopias, deberán ser siempre documentos originales) o cualquier otro medio con el que se acredite fehacientemente la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o cuenta bancaria. En la práctica, se recomienda que se tenga en ese momento la mayor parte en efectivo, para evitar en caso de duda, su inadmisión en el país receptor.

En la actualidad, entre los países iberoamericanos, solo  a los nacionales de México y Chile no se les exige de forma sistemática, la acreditación de medios económicos para efectuar su entrada en España, pero de momento a los ciudadanos de Colombia, les serán exigidas indefectiblemente las cantidades antedichas.

Pero no solo es la acreditación económica anteriormente expuesta la que será exigible, si no que la restricción se extiende también en materia de la justificación del lugar del alojamiento. Para ello, en la legislación española en materia de extranjería que va a afectar a Colombia, se prevén dos sistemas:

Uno, la exigencia de Carta de Invitación, de un familiar o de un tercero que justifique su vinculación con el invitado, para lo que le será exigible que tenga vivienda prioritariamente en propiedad o en arrendamiento y que se responsabilice en la práctica del “buen hacer” del invitado. Dicho documento se expide por la Comisaría de Policía de Inmigración, para lo que se examinará si el Invitante cumple los requisitos pertinentes y Dos, en caso de que el visitante colombiano no cuente en Europa con familiares o con un amigo “de verdad” que le invite y que se responsabilice de él y por tanto, tener que quedarse de hospedaje en hotel se le exigirá al colombiano de a pie una cantidad adicional correspondiente al coste medio por día de una habitación en un establecimiento hotelero, que aproximadamente alcanzaría los 60 euros diarios.

Además, el visitante deberá tener contratado desde Colombia un Seguro de Asistencia Sanitaria para caso de Enfermedad o Accidente, pues se le exigirá la presentación al ingreso de copia fehaciente de la póliza.

Como ven, el Viajar y Entrar en Europa sin visado Schengen tras el “formidable“ acuerdo al que ha llegado el Presidente Santos, o al que no ha tenido más remedio que aceptar, no está previsto para lo que el mandatario colombiano llama la “nueva clase media colombiana", pues un viajecito por las tierras españolas de Miguel de Cervantes, Francisco de Goya y del Real Madrid, de 30 días de duración, según mis cálculos, salvo error u o misión por mi parte, tendría el siguiente coste en Pesos Colombianos.

Contando que 4millones de pesos los llevarían los ticketes de ida y vuelta de clase turista; a la entrada en inmigración hay que tener en efectivo o justificar muy fehacientemente, no con simples fotocopias, 200.000 pesos (64 euros) por cada día de estancia, es decir 6 millones de pesos. Si no tenemos en España un familiar o amigo creible, no uno circunstancial “ad hoc“, con vivienda en propiedad o con contrato de arrendamiento y se tiene que hospedar en un hotel, se debe aportar también la reserva fehaciente susceptible de comprobación in situ en caso de duda, con una simple llamada telefónica al mismo y justificar aproximadamente otros 60 euros diarios por día de estancia en España adicionales a los 64 euros anteriormente expuestos, es decir, casi 6 millones de pesos más.

Pues bien, saquen la calculadora y el “sueño “de viajar sin visa a España durante 30 días, le podría salir mínimo 10 millones de pesos si tiene un familiar o amigo muy arraigado allá que también lógicamente cumpla los requisitos que se le exigen para expedirle la Carta de Invitación por la Comisaría de Policía de Inmigración y si se tiene que quedar en un hotel tipo medio, le saldría en total “la excursión” de un mes mínimo por 18 millones de pesos colombianos.

Quería preguntarle desde estas líneas al Presidente Santos, cuántas personas integrantes de lo que él llama “nueva clase media colombiana “y que dice que ha aumentado durante su gobierno y para quien se entiende que teóricamente se dirige esa pseudo conquista de la Supresión de la Visa Schengen, pueden viajar a Europa, con estos requisitos y exigencias económicas requeridas legalmente. Cuántos de los encuadrados en dichos estratos, disponen mínimo de 10 millones de pesos por persona para costear ese viaje de turismo.

La diferencia entre el todavía actual sistema de visa a conceder con carácter previo, por ejemplo en el Consulado de España en Bogotá y el próximo que verá a luz a final de año, es que los requisitos económicos y documentales ahora se exigen antes de salir de Colombia y el que va a Europa, sabe que “si o si” siempre va a entrar en dicho territorio y en cambio en Diciembre esos requisitos se les va a exigir a su llegada a Madrid, Paris, Roma, etc., con toda la incertidumbre que ello supone y en cualquier caso, el tener que afrontar el desembolso inicial a realizar y el coste brutal que para una persona del común, le va a costar cumplir su sueño europeo.

El Presidente Juan Manuel Santos, al igual que en el proceso de Paz, en materia de la Supresión de la Visa no dice toda la verdad, pues no explica la letra pequeña de sus acuerdos, donde constan también “las salvedades“ ,aquí impuestas por los diferentes gobiernos europeos y que es lo verdaderamente importante.

Al mandatario solo le interesa el titular periodístico que le publicitas u teórico éxito de gobierno, después vendrá la triste realidad.

En resumen, viajar a Europa sin visa, no está previsto para la nueva clase media que Santos ha inventado por Decreto y para resto de ciudadanos del “común” de mi Colombia querida, que van a tener que hacer muchos cálculos numéricos para saber si les interesa, pues más que nunca va a ser un privilegio para ricos.

Share on facebook
Facebook
Share on google
Google+
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn

Buscar

Facebook

Ingresar