Senador Gaviria propondrá bajar a 21 años la edad para acceder a la Cámara

Bogotá, 13 de noviembre de 2015 (CD). El senador del Centro Democrático, José Obdulio Gaviria anunció que en la próxima legislatura radicará un proyecto de acto legislativo que buscará bajar, de 25 a 21 años, la edad para poder acceder a una curul en la Cámara de Representantes.

El anuncio del congresista se dio durante el debate en la Comisión Primera del Senado, donde se estudiaba un proyecto de enmienda constitucional que proponía crear una circunscripción especial para jóvenes y que otorgara una curul en Cámara y Senado.

No obstante, el senador Gaviria, como ponente de la iniciativa, sustentó las inconveniencias de la creación de una nueva circunscripción especial y por ello anunció que “propondremos, en el próximo periodo, el proyecto de que se modifique la actual limitación de los jóvenes para acceder a cargos de elección popular, específicamente en la Cámara de Representantes” y añadió: “La edad actual es de 25 años y nosotros propondremos una disminución de ese requisito para bajar la edad a 21 años”.

El congresista comentó que “en general todas las propuestas respecto a modificar la edad siempre han contado buena prensa y opinión, pero pocos votos”, por lo que consideró que “la legislación comparada recomienda esa modificación. En Argentina está en 25 años; en Venezuela, 21; Brasil, 21; Chile, 21; México, 21, y Estados Unidos, curiosamente, está en 18”.

La decisión del senador José Obdulio Gaviria de presentar una nueva iniciativa radicó en el sentido de la inconveniencia de crear una nueva circunscripción especial, ya que si bien calificó como loable que se pretendiera “incentivar la participación política de los jóvenes en cargos de elección popular”, la creación de esta figura para los jóvenes  resultaba “inconveniente, primero y en segundo lugar es antitécnico. No hay, en la investigación que hicimos de 72 países que pudimos considerar para el efecto y legislación comparada, ningún país del mundo que haya creado dicha circunscripción”.

Explicó que “las circunscripciones tienen un objetivo específico, está establecido en el artículo 176 de la Constitución, es remediar circunstancias de debilidad manifiesta y para esto se han creado, por ejemplo, la circunscripción indígena, para las comunidades afro e incluso una para los colombianos en el exterior”.

Adicionalmente, el Senador se cuestionó sobre la forma de cómo se haría la elección y para ello manifestó que “habría que crear, entonces, una especie comunidad de jóvenes para que movimientos significativos de ciudadanos inscriban sus candidaturas. El caos que supondría en la formalización actual de los partidos y en materia fiscal no parecería recomendable para la creación de estas circunscripciones”.

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